martes, 25 de noviembre de 2014

Secuelas psicológicas tras eventos traumáticos

A los tres meses de un accidente de tráfico el 23% de las personas padecerá secuelas psicológicas. Al año,  un 16 %  de las personas seguirá padeciéndolas (Ehlers et al., 1998). Existe un buen número de factores, como que el acompañante  salga herido, capaces de incrementar ese porcentaje. Por su parte, el apoyo social o una adecuada atención psicológica suponen factores protectores.
Si en vez de un accidente de tráfico es un huracán el que arrasa el hogar, el 26%  (Delatíbodier et al. 2000) de las personas sigue  con secuelas psicológicas un año después. Cuando es un terremoto de 8.8º Richter el que azora,  el 22% de los damnificados padece secuelas de Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT). Ahora bien, los efectos no parecen ser los mismos cuando la persona es menor edad.  Por citar un ejemplo, en el terremoto de la localidad andaluza de Lorca un 44,5% de las niñas y un  35,9% de los niños aun seguía con secuelas psicológicas pasado un año (López y López, 2011). Pero…¿en qué consisten estas secuelas? Pues, además del clásico eje de ansiedad, depresión o ambos a la vez, es relativamente frecuente encontrarnos con el Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT).
Para que tenga lugar el Trastorno de Estrés Postraumático es imprescindible que  la persona viva la situación o situaciones con una respuesta  “de miedo, horror o indefensión” (APA, 2000). Esta reacción inicial llega inesperadamente y entra en la consciencia como un gancho en la mandíbula. El TEPT ha llegado y suele hacerlo para quedarse una temporada. Además, no suele venir solo.  En esta línea, Friedman (1996) refiere que hasta el 80% de las personas diagnosticadas con TEPT presentan comorbilidad con, al menos otro trastorno mental.
Para el desarrollo de TEPT, con frecuencia, no es preciso haber vivido la situación traumática en primera persona ya que los testigos o personas que socorrieron en el momento del trauma, también pueden padecerlo. De esta manera y a grandes rasgos podemos afirmar, sin temor a equivocarnos, que el TEPT está conformado por tres grupos de síntomas: Reexperimentación, evitación e hiperactivación.



Reexperimentación
Y así, es cómo a la persona le asaltan recuerdos del suceso sin que pueda evitar controlarlos. Los sueños desagradables pueden estar presentes y de estar, suelen volver de manera recurrente. El cerbero asume que no estaba preparado en el momento del trauma para enfrentarse al evento. Por ello, y en un intento vano de preparar el cerebro, se bombardea a sí mismo con lo ocurrido para mantener a la persona alerta y, en caso de una situación mínimamente parecida, la persona escape o luche a la primera ocasión. El problema es que la situación no suele volver a presentarse.

Evitación
Dentro de esta reacción al trauma tan virulenta, las conversaciones sobre lo ocurrido suelen ser mal venidas y con frecuencia se evitan las actividades, lugares o personas relacionados con los acontecimientos. Lógicamente, estas actividades, lugares o personas no tienen porqué haber sido culpables del trauma,  ni muchísimo menos, pero como ambos recuerdos se almacenaron cercanamente en el tiempo, el cerebro los ha metido juntos en el mismo cajón.
Con frecuencia, las personas pierden el interés por cosas que antes le gustaban. Pueden aparecer sentimientos de derrota o pérdida. Las dificultades de concentración  es habitual que estén presentes, ya que la mente se haya enfrascada en procesar lo ocurrido. Este embotamiento puede producir que la persona sea incapaz de desarrollar relaciones amorosas e incluso puede sentir que el futuro es un lugar desolador y carente de objetivos. 


Hiperactivación
Este aspecto se puede expresar coloquialmente en que “se está a la que salta”.  El mal humor puede llegar a convertirse en algo cotidiano. El cerebro mantiene alto un nivel de alerta por si se vuelve a presentar el peligro. Y con frecuencia, las personas aquejadas de TEPT ven peligros y amenazas donde no los hay, con las reacciones de angustia derivadas de ello, para ellos y sus seres queridos. La persona se agota por el nivel de exceso de alerta y la amenaza no se presenta. De esta manera, es fácil que aparezcan otros trastornos dentro del eje ansioso, depresivo o ambos a la vez. 

Históricamente,  uno de los orígenes del TEPT se lo debemos al concepto de “neurosis de espanto”  formulado por Kraeplin (1883). Este concepto  fue  afinado por Hermann  Oppenheimer unos años más tarde, en 1892, bajo la denominación de “neurosis traumática” (Talarn, Navarro, Rossel,  y Rigat, 2006). En 1915 Myers publicó en The Lancet un artículo que hablaba sobre pérdida de memoria, visión, gusto y olfato a raíz del  Shell Shock en un grupo reducido de soldados. Este término fue usado para definir las reacciones que experimentaban los soldados a causa de elementos de artillería (Casado-Blanco y Castellano-Arroyo, 2013). En el siguiente vídeo pueden verse algunos de los efectos psicológicos del TEPT, comórbidos con trastornos de conversión, tras la Primera  y Segunda Guerra Mundial. Se advierte que los siguientes vídeos puede herir la sensibilidad del lector/a.






Fue a mediados de la guerra del Vietnam cuando los norteamericanos denominaron al TEPT como “gran reacción al estrés” en el DSM-I (APA, 1952). Dentro del estudio de este trastorno los psicoterapeutas militares se dieron cuenta que cuando enviaban a los soldados afectados a casa, las reacciones de estrés seguían presentes y con frecuencia empeoraban. Desde entonces, es habitual que tras un evento traumático de guerra, se ordene que los soldados vuelvan a su combativo ejercicio de manera casi inmediata, ya que es allí donde está la amenaza que les persigue. Y es allí, donde con frecuencia mejor pueden enfrentarse a ella. Por otro lado, esta intervención no es aplicable a todos los casos.


De esta manera, se concluye que técnicas como  la Desensibilización y  el Reprocesamiento por los Movimiento Oculares (cuyas siglas en inglés son EMDR), ayudan a que la persona reprocese el trauma, esta vez sin las consecuencias traumáticas que le siguieron. Cierto es, que hay otras técnicas eficaces, como la Exposición (exposición gradual al estímulo temido usando relajación), aunque el coste emocional suele ser mayor. Esto hace que bajo el balance de costes emocionales/beneficios terapéuticos del EDMR de Shapiro sea la elección más adecuada para el tratamiento del TEPT. Por su relevancia en el campo del tratamiento del TEPT le hemos dedicado un artículo específico

miércoles, 17 de septiembre de 2014

Consecuencias psicológicas de la separación de pareja



El ambiente familiar resulta fundamental para un buen desarrollo de la etapa infantojuvenil, de esta manera, cuando el menor se encuentra en un ambiente familiar “tenso” y “conflictivo” es más probable que aparezcan problemas de conducta (McCuller, Sussman, Dent y Teran, 2001; Bray, Adams, Getz y Baer, 2001), generalmente  expresados en conductas delictivas y consumo de drogas.

Habitualmente es el grupo de iguales, esto es, amigos y compañeros el que  también parece estar vinculado a las conductas delictivas pero incluso en este caso, diversos autores (Villar, Luengo, Gómez y Romero, 2003) han informado que el clima tenso en el hogar tiene relación con la elección de grupos de adolescentes problemáticos (Fergusson y Horwood, 1999). El clima familiar inadecuado, además tiene relación con la baja autoestima familiar, la ausencia de valores sociales y el escaso rendimiento y así como el apego escolar (Hops, Davis y Lewin, 1999). Y es que un clima familiar adecuado puede proteger de muchos problemas. Por tu parte, un clima conflictivo en familia puede ser un detonante para conductas de riesgo por parte de jóvenes que como en un su casa sienten que no son queridos (aunque lo sean), pueden buscar el afecto en los brazos más problemáticos. 


Podría pensarse que los nuevos modelos de familia pueden tener algún tipo afectación sobre los menores y es que en aquellas familias aquejadas de separación o divorcio se concibe que “la ruptura de la pareja suele ser uno de los eventos más estresantes […] especialmente para los niños” (Seijo, Novo, Carracedo y Fariña, 2010). Más concretamente, en estos casos, los menores suelen presentar  inseguridad, depresión (Fariña, y otros, 2002; Ge, Natsuaki y Conger, 2006), baja autoestima (Camara y Resnick, 1989), inadaptación personal, familiar, escolar y social (Fariña y Arce, 2008; Schick, 2002), y mayores problemas de ansiedad en general (Demo y Acock, 1988; Fauber, Forehand, Thomas y Wierson, 1990) así como de de ansiedad por separación (Amorós, Espada y Méndez, 2008).


En lo relativo a las consecuencias para los progenitores, Troxel y Mathews (2004) han señalando que el conflicto de los padres es un estresor psicosocial que puede generar alteraciones que se relacionan con el estrés aumentando el riesgo de padecer enfermedades crónicas como hipertensión, enfermedades cardiovasculares, asma y algún tipo de cáncer. En la misma dirección, Ge y otros (2006) afirman que la experiencia de la separación de los progenitores, antes de los 21 años, disminuye la esperanza de vida en cuatro años y, según el Standing Comitte on Legal Constitutional Affaire (1998), estos menores presentan hasta el doble de riesgo de padecer asma.  

Afinando el origen de las alteraciones, varias autoras (Seijo, Novo, Carracedo y Fariña, 2010) han puesto de manifiesto que no es el hecho de divorciarse lo que puede desencadenar consecuencias negativas, sino otros elementos mediadores, tales como las circunstancias previas al divorcio, la calidad marital, la manera en que el proceso es afrontado por los adultos, así como el nivel de conflicto entre los padres. Éstos son fuertes predictores de la presencia de alteraciones de la salud en los niños que han vivido la ruptura de los progenitores (Overbeek et al., 2006). Por tanto y una vez más, parece ser que es el clima familiar conflictivo el causante de las alteraciones encontradas.


En resumen, el buen clima familiar tiene un efecto protector sobre los miembros de la familia mientras que un clima familiar conflictivo conlleva riesgos para la salud psicosocial de los miembros de la familia. Y este efecto puede perdurar en el tiempo, para bien o para mal. Por ello, si se va a separar o ya lo está haciendo le animamos a que ambos progenitores hablen con los  hijos a cerca de los motivos de la separación, dejando bien claro, que tanto mamá como papá les seguirán queriendo (aunque papá y mamá ya no se quieran). Háganlo sin culpabilizar a la otra parte, con respeto  por ambas partes, sin prisas, escuchando a sus hijos y adaptando la realidad de la situación a la realidad que pueden entender los menores. Sin duda, entendemos que puede dar miedo explicar este tipo de cuestiones pero si usted no sabe como abordarlo, menos lo sabrán ellos. 

http://engledow.tumblr.com/



miércoles, 14 de mayo de 2014

Delitos juzgados en Canarias en 2012




En la Comunidad de Canarias en el año 2012, según el Instituto Nacional de Estadística, se dieron un total de 11376 penados. De ellos, los más numerosos fueron los cometidos contra la seguridad colectiva con un total de 6421 casos penados, seguidos de los delitos contra la seguridad vial con 5757 penados. Los siguientes en número son los relativos a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico con 2861 sentencias condenatorias. En cuanto a los de lesiones y robos, las cifras están en 1853 y 1339 respectivamente. De amenazas se dieron  440 casos penados. Delitos de hurto y robo de vehículos se enjuiciaron 237 procesos.  Delitos contra la libertad e indemnizaciones sexuales se establecieron 130. Por su parte, tenemos la comisión factual de 70 casos de homicidio. Sobre la propiedad intelectual e industrial hubo 40 infracciones penales juzgadas. De la receptación y el blanqueo de capitales se estimaron 38 casos. Contra los derechos de los trabajadores se dieron 34 procesos resueltos. En cuanto a casos de abusos se dio resolución condenatoria en  66 casos. En cuanto a las agresiones sexuales se estableció condena sobre  19 agresiones sexuales. Resulta sorprenderte la ocurrencia condenatoria de 0 casos de acoso sexual en la comunidad canaria.

Referencia:

 Instituto Nacional de Estadística.

http://www.ine.es/

domingo, 9 de marzo de 2014

S.A.R.A. Manual para la valoración del riesgo de violencia contra la pareja.



La S.A.R.A. (Spouse Assault Risk Assesment) es una entrevista adaptada por A. Andrés Pueyo y S. López (2005),  y constituye una guía de factores de riesgo empíricos (Cooper, 1993) y factores clínicos analizados estadísticamente para casos de “violencia contra la pareja”. Se entiende que su ámbito de aplicación se orienta a “cualquier intento, amenaza o agresión física real perpetrada por un hombre o una mujer que él  o ella tiene, o ha tenido una relación sexual íntima”1. En la versión original, su uso está orientado y recomendado para un amplio tipo de profesionales ya sea desde el ámbito penitenciario o sanitario hasta tareas de consulting como pueden ser abogados/as que deseen utilizar la S.A.R.A  como instrumento para refutar la valoración de un experto. Ahora bien, desde el propio manual 1 y desde revisiones posteriores 2, se recomienda entrenamiento y formación en su aplicación, además de contar con experiencia en evaluación psicológica y experiencia en el campo de la violencia de la pareja. Como puede verse en la siguiente exposición de ítems, para una adecuada valoración del riesgo es preciso, al menos, contar con asesoramiento psicológico o psiquiátrico. Otra recomendación que sin duda resulta imprescindible es el hecho de contar con datos que procedan de distintas fuentes de información.

De esta manera, la S.A.R.A. presenta 20 ítems agrupados a lo largo de cinco factores y puntuables de cero a dos según el nivel de presencia de la característica de riesgo. A fin de proporcionar una idea exacta aunque muy resumida de este versátil instrumento, a continuación se exponen sus ítems:

HISTORIAL DELICTIVO

Nº1.- Violencia anterior contra los familiares.
            2.-Constancia de agresión física o intento real de agresión a miembros de la familia.
            1.- Constancia de amenaza de agresión física a los mismos.
            0.- No se encuentra evidencia de tales conductas.

Nº2.- Violencia anterior contra conocidos o desconocidos.
            2.- Constancia de agresión física o intento real de agresión.
            1.- Constancia de amenaza de agresión física en el pasado.
            0.- No se encuentra evidencia de tales conductas.

Nº3.- Violación de la libertad condicional u otras medidas similares.
            2.- Condenas o arrestos por violar la libertad condicional o medidas comunitarias.
            1.- Incumplimiento de la libertad condicional o permisos.
            0.- No se encuentra evidencia de incumplimientos.


AJUSTE PSICOSOCIAL

Nº4.- Problemas recientes de relaciones de pareja (en el último año).
            2.- Separación de la pareja o conflicto grave.
            1.- Conflicto de pareja moderado.
            0.- No se encuentra conflicto o es de intensidad leve.

Nº5.- Problemas recientes de empleo y trabajo.
            2.- Desempleo e historia laboral inestable.
            1.- Actualmente desempleado pero con historia laboral estable.
            0.- Con empleo e historia laboral estable.

Nº6.- Víctima y/o testigo de violencia familiar en la infancia o adolescencia.
            2.- Víctima y/o testigo de violencia familiar frecuente.
            1.- Víctima y/o testigo de violencia familiar infrecuente o no muy grave.
            0.- No existe evidencia de ello.

Nº7.- Consumo/abuso reciente de drogas.
            2.- Adicción grave.
            1.-Consumo leve.
            0.- No existe evidencia de consumo.

Nº8.- Ideas o intentos de suicidio en el último año.
            2.- Ideación o intento grave.
            1.- Ideación o intento moderado.
            0.- No hay evidencia de estas conductas.

Nº9.- Síntomas psicóticos y maníacos recientes en el último año.
            2.- Síntomas graves.
            1.- Síntomas ligeros.
            0.- No se encuentra evidencia de estos comportamientos.

Nº10.- Trastornos de personalidad con ira, impulsividad o inestabilidad contractual.
            2.- Trastornos de personalidad con graves problemas.
            1.- Trastornos de personalidad con ligeros problemas.
            0.- No hay evidencias de estos elementos.

HISTORIA DE VIOLENCIA CONTRA LA PAREJA.

Nº11.-  Violencia física anterior sobre la pareja o ex parejas.
            2.- Agresiones físicas.
            1.- Intentos de agresiones.
            0.- No se encuentran evidencias.

Nº12.- Violencia sexual y/o ataques de celos en el pasado.
            2.- Historial de agresión sexual o agresión física en ataque de celos.
            1.- Intento de agresión sexual o historia de graves celos.
            0.- No existe evidencia.

Nº13.- Uno de armas y/o amenazas de muerte creíbles en el pasado.
            2.- Amenazas creíbles de muerte o uso de armas.
            1.- Presencia de amenazas.
            0.- No existe evidencia de estos elementos.

Nº14.- Incremento recidivante en la frecuencia o gravedad de las lesionas.
            2.- Claro aumento de la frecuencia o gravedad.
            1.- Posible aumento.
            0.- No evidencia de aumento en frecuencia o gravedad.

Nº15.- Violaciones o incumplimiento de las órdenes de alejamiento.
            2.- Arresto o detención por incumplimiento.
            1.- Violación o incumplimiento que no terminó en detención
            0.- No existen evidencias de ello.

Nº16.- Minimización o negación de la violencia anterior contra la pareja.
            2.- Minimización o negación extrema.
            1.- Minimización o negación relativa.
            0.- Se da asunción de las conductas referidas.

Nº 17.- Actitudes que apoyan o consienten la agresión contra la pareja.
            2.- Actitudes que apoyan o justifican la violencia.
            1.- Parece que sostiene dichas actitudes.
            0.- No existen evidencia de tales actitudes.

DELITO/AGRESIÓN ACTUAL

Nº18.-  Violencia física y/o violencia sexual grave.
            2.- Violencia sexual o física grave.
            1.-Violencia moderada o leve.
            0.- No se encuentran evidencias de violencia.

Nº19.- Uso de armas/amenazas de muerte creíbles actuales.
            2.- Uso de armas o amenazas de muerte creíbles.
            1.- Amenazas de utilización de armas.
            0.-No hay evidencia de tales conductas.

Nº 20.- Violación o incumplimiento de las órdenes de alejamiento actuales.
            2.- La acción violenta que justifica la valoración se ha realizado bajo orden de alojamiento.
            1.- La acción violenta ha tenido lugar con orden de “alejamiento” pero sin detención o arresto.
            0.- En la acción no había orden de “alejamiento”.

Ya en el último apartado y constituyendo el último factor, se incluyen Otras Consideraciones, sin duda relevantes en la predicción del riesgo de violencia contra la pareja. 

Antes de cerrar, decir que  la S.A.R.A. comparte muchas cualidades de  otros instrumentos de valoración del riesgo como es el SVR-20 (Manual de Valoración del riesgo de violencia sexual) o el HCR-20 (guía para la valoración del riesgo de comportamientos violentos). A ellos, se dedicará un apartado correspondiente en futuras publicaciones de este blog.



Referencias:

1 Andrés-Pueyo, A y López, S. (2005). S.A.R.A. Manual para la valoración del riesgo de violencia contra la pareja. Publicacions i Edicions. Barcelona.

2 López,  S. y Andrés-Pueyo, A. (2007). Adaptación de la S.A.R.A. Evaluación del riesgo contra la pareja. Any. 

domingo, 23 de febrero de 2014

Simulación de la Huella Psíquica en Violencia de Género.




Según las Comunicaciones del Poder Judicial, en 2011, se presentaron alrededor de 134.000 denuncias por violencia de género. De todas ellas, el 71,4 % fue presentada por las propias víctimas, el 14, 65 % se derivó de la intervención policial y un 14,41 % corrió a cargo de la presentación de partes de lesiones. Las denuncias fueron tramitadas por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, Juzgados de lo Penal y Audiencias Provinciales siendo un 40% el total de sentencias absolutorias, bien por falta de pruebas, bien por otros factores determinantes de la condición delictiva.  

En cuanto a las repercusiones psicológicas sobre las víctimas encontramos que la depresión estaba presente en algún grado de gravedad en el  71,4 % de las mujeres 1,  de ellas un 35,2% presentaba sintomatología moderada y un 18.1 % presentaba sintomatología severa. Por otro lado, tenemos que por sí sola, la sintomatología depresiva no constituye huella psíquica primaria propia de violencia de género entendiendo que son múltiples  las causas que pueden llevar a este trastorno.  Ahora bien, es frecuente que tras la aparición del Trastorno de Estrés Postraumático o el Trastorno Adaptativo (daño psíquico primario), se den otros trastornos como el Trastorno de Ansiedad Generalizada, Trastornos Depresivos , Disfunciones Sexuales  y la Inadaptación Social 2, con tal suerte que estos trastornos pueden presentarse como daño psíquica secundario.

Un tema polémico pero de gran relevancia es la cuestión de las denuncias falsas. Para su prevención, dentro de la rama jurídica,  es preciso no sólo tener una actitud imparcial  aunque comprensiva. Además es preciso estar muy al día de simulación de síntomas. Siguiendo esta línea, la eficacia de la detección de la simulación de la huella psíquica propia de víctimas de violencia de género indica que el 86.14% de las personas son capaces de simular con éxito los síntomas cuando se emplea únicamente un test (el MMPI-2)2.Usando otros métodos de detección de la simulación, de manera aislada, se entiende que la mejor detección de simulación corre a cargo de la entrevista clínico-forense, que detecta al 97.1 % de las simuladoras. Si bien es cierto que es un elevado porcentaje de detección, un 2.9% ( 3 participantes) consiguió simular de manera efectiva el padecimiento de daño psíquico producto de violencia de género.  De esta manera, este estudio puso de manifiesto que aquellas simuladoras que consiguieron simular adecuadamente en la entrevista clínico-forense fueron detectadas como simuladoras por el MMPI-2. Por ello, a lo largo de la literatura sobre la psicología legal y forense se hace hincapié una y otra vez que ha de recurrirse a múltiples métodos de detección de la simulación (Rogers, 1997b). Siguiendo esta pauta, a través del uso de protocolos de eficacia conocida como el SEG (Arce y Fariña, 2005), se puede llevar a cabo periciales psicológicas que permitan la detección eficaz de la simulación. Por su parte, ante un caso real de  huella psíquica de violencia de género las secuelas habitualmente producen cambios permanentes en las personas que afectan a autoestima,  a su capacidad de relacionarse no sólo con las parejas, con los demás y de percibir el mundo. Por ello, una adecuada evaluación de un caso real habrá de quedar claro cuales han sido las consecuencias psicológicas producto de los hechos, las cuales habrán de ser reparadas o al menos indemnizadas. A tal efecto, en España, se puede recurrir al baremo de Tráfico RD 8/2004 (Capítulo I: cabeza). 

Referencias

1 Patró, R.,  Corbalán, F., J.  y   Limiñana, R., M. (2007). Depresión en mujeres maltratadas:  Relaciones con estilos de personalidad, variables contextuales y de la situación de violencia.

2 Carballal, A. (2008). Evaluación forense de la  huella psíquica como prueba de cargo en casos de víctimas de violencia de género.


martes, 18 de febrero de 2014

Victimización primaria, secundaria y terciaria

Difícilmente puede se hablar se de víctimas sin referirnos a Mendelsohn (1976), a quien se debe el concepto de Victimología, así como a la definición dada por la ONU en 1986, entendiendo que víctima es aquel individuo o grupo de personas que ha sufrido un perjuicio (lesión física o mental, sufrimiento emocional, pérdida o daño material, o un menoscabo importante de sus derechos) y que han surgido como consecuencia de acción u omisión que constituya un delito, bien en la legislación nacional o del derecho internacional. De esta manera, recibirán el estatus de víctimas, individuos o agrupaciones así como sus familiares y personas que ejercieron de auxiliadoras en el momento del delito1.

Al margen de clasificaciones y tipologías  de las víctimas, se habla del proceso de victimización refiriéndose a los factores que como consecuencia directa o indirecta del delito, siguen operando sobre el menoscabo del bienestar de las personas distinguiendo los siguientes procesos: 2

1.-Victimización primaria: Surge como causa del acto delictivo. La víctima frecuentemente experimenta una serie de reacciones derivadas del impacto psicológico producto de haber sido expuesta a un suceso percibido como muy estresante. Las reacciones de miedo, horror  o indefensión 3 durante los hechos, tanto de la víctima como posteriormente de sus figuras cercanas ante el evento constituyen las primeras reacciones emocionales ante el suceso, que pueden devenir en un proceso transitorio, crónico o de inicio demorado (presentación de la sintomatología con posterioridad).


2.- Victimización secundaria: Tras la ocurrencia del delito se ponen en marcha una serie de mecanismos de acción, marcados fundamentalmente por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Instituciones Sanitarias así como por los Organismos Jurídicos. De manera que la víctima, no sólo ha de convivir con la ocurrencia del delito si no que además ha de soportar que el hecho de que se haga público a personas ajenas a su círculo social próximo. En este marco, un trato frío, rutinario o burocrático por los profesionales así como el inadecuado manejo de las necesidades de las víctimas puede motivar reacciones adicionales de malestar. Una cuestión muy frecuente a lo largo del proceso de victimización es la falta de tacto o incredulidad de algunos profesionales4 , lo que contribuye a generar reacciones adversas de las víctimas. Esta revictimización puede paliarse  o atenuarse a través de una adecuada formación en materia psicológica de aquellos agentes que entran en contacto directo con la víctima así como con un adecuado asesoramiento psicológico.


3.- Victimización terciaria: Este tercer proceso surge y está determinado por la interacción de los dos anteriores. Se refiere a los sentimientos de desamparo y falta de control producto de verse y sentirse como una víctimas, llegando estos sentimientos  a formar parte de su personalidad (Dünkel, 1989). Esto, según Vilariño (2010) puede llevar a una importante falta de apoyo social entendiendo que el resto de personas de su círculo no son víctimas. Las asociaciones o un adecuado tratamiento clínico pueden disminuir las reacciones de malestar de las víctimas.

Además de estos procesos es importante ahondar en otros factores que entran en juego cuando una persona es objeto de un delito. En primer lugar, una persona que no haya sufrido un acto delictivo (y que tampoco haya sido testigo)  pensará que la probabilidad de que le ocurra es relativamente baja. Tras la ocurrencia del delito (como víctima o testigo)  es habitual que se produzca un cambio en la mentalidad de las personas, de manera que  es fácil que se sobreestime la ocurrencia de éste tipo de delitos, que se adquieran las creencias del mundo como un lugar inseguro (Hanson y otros, 1987) y que con ello, aparezcan las resultantes reacciones de ansiedad, desesperanza y temor. Este fenómeno del cambio de creencias tras viene explicado por tres factores:

Pérdida del sentido de la invulnerabilidad. En mayor o menor medida, en relación a los delitos y otros acontecimientos negativos, las personas tenemos tendencia a pensar que a nosotros no nos pasará. Tras la ocurrencia del delito, esta creencia se desintegra, siendo sustituida por la idea de que “es fácil que la misma situación vuelva a pasar”. Bien porque la vivido en primera persona, bien porque ha sido testigo.

Pérdida de la valía personal. De manera natural, las personas buscamos una explicación a lo que ocurre a nuestro alrededor y un sentido de porqué ha ocurrido. Dentro de esta óptica, las víctimas suelen tener tendencia a pensar que pudieron hacer algo que motivó la comisión del delito o que no pusieron en marcha estrategias encaminadas a evitarlo o prevenirlo, lo que cual suele conllevar a una peor valoración de sí mismas en comparación con el estado anterior al delito.

El mundo es un lugar justo. El hecho de pensar que el mundo es un lugar un justo tiene su relevancia cuando una persona se convierte en víctima. Bajo el amparo de esta creencia puede pensarse que cuando a uno le ocurre algo malo (un delito en este caso) es porque algo injusto o negativo a hecho y por tanto, tiene un castigo merecido. Este tipo creencias aumentan la probabilidad de aparición de  sentimientos  de culpabilidad.

Por tanto, puede apreciarse que el hecho de ser objeto de un delito supone un cambio, con frecuencia importante y a veces permanente, tanto de la percepción del mundo como de las cosas que en él  ocurren. 

Referencias:

1 Vilariño, M. (2010). ¿Es posible discriminar declaraciones reales de imaginadas y huella psíquica real de simulada en casos de violencia de género? Universidad de Santiago de Compostela.

2 Arce, R. y Fariña, F. (1995). El estudio psicosocial de la víctima. En M. Clemente (Ed.),Fundamentos de la psicología jurídica (pp. 431-447). Madrid: Pirámide.

3 American Psychiatric Association (2002). DSM-IV-TR. Manual diagnóstico y
estadístico de los trastornos mentales (4ª. ed. rev.). Barcelona: Masson.

4 Urra, J., y Vázquez, B. (1993). Manual de psicología forense. Madrid: Siglo XXI.